Qué equivocada. La resolución denegatoria, que pone fin a la vía administrativa y que, por tanto, abre la del contencioso, es una resolución tipo en la que lo único nuevo es el nombre del recurrente. Una maraña de antecedentes de hecho y de derecho en los que no se menciona en ningún lugar las circunstancias concretas del recurrente, en los que dicen haber tenido en cuenta la documentación que se anexa pero que no se anexa y que solo sirven para darte cuenta de que te han tomado el pelo, otra vez.
En fin. Esto termina aquí. No voy a reclamar judicialmente la resolución porque no puedo permitírmelo y la maquinaria del Estado es demasiado poderosa. Quizá me diréis que soy cobarde, pero no tengo ganas de seguir sintiendo que no soy una persona, que solo soy un número de la SS (Seguridad Social, no las Schutzstaffel, aunque empiezo a no ver diferencias). Querida Fátima, tú ganas.
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